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PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAS INTERESADAS EN SOLICITAR SU PARTICIPACIÓN EN LOS CURSOS DE FORMACIÓN DENTRO DEL PROYECTO HEBE EMPLEAVERDE

Os dejamos a continuación todos la información necesaria para poder acceder a esta oferta de formación.

La Diputación Provincial de Huelva ha resultado beneficiaria del Proyecto HEBE Empleaverde, que se incluye dentro del Programa Empleaverde. Eje “crea”, que pone en marcha la Fundación Biodiversidad, fundación del sector público del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Conforme a las condiciones de concesión de esta subvención y una vez visto el informe técnico emitido el día 14 de febrero de 2018 por la jefatura del Servicio de Desarrollo Local de la Diputación de Huelva, esta Presidencia en uso de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVE:

PRIMERO.- Aprobar la realización de tres cursos de formación en el marco del Proyecto
Empleaverde.

SEGUNDO.- Aprobar los términos del proceso de selección de las personas interesadas en
solicitar su participación en los mismos, conforme a las condiciones descritas a
continuación.

PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAS INTERESADAS EN SOLICITAR SU
PARTICIPACIÓN EN LOS CURSOS DE FORMACIÓN DENTRO DEL PROYECTO HEBE
EMPLEAVERDE

1. Objeto.
La ejecución de tres cursos de formación, que se exponen a continuación
- Curso de Formación de Guía Turístico de la Naturaleza e Interpretación del
Patrimonio en el Parque Natural Sª de Aracena y Picos de Aroche (2
ediciones)
1ª Edición, se realizará en el municipio de Almonaster la Real.
2ª Edición, se realizará en municipio de Puerto Moral
- Curso de Formación de Guía Turístico de la Naturaleza e Interpretación del
paisaje protegido del Río Tinto. Se realizará en el municipio de Moguer.
Estos cursos se destinarán a un total de 45 alumnos/as para la realización de
tres cursos de formación (15 alumnos/as por curso)

2. Normativa aplicable
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
• Bases de Ejecución del Presupuesto 2018.
• Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones por la Fundación
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Biodiversidad, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de
proyectos del Programa empleaverde cofinanciado por el Fondo Social Europeo
(FSE) en el marco del Programa Operativo Empleo, Formación y Educación 2014-
2020. BOE (núm. 58) de 9 de marzo de 2017
• Convocatoria de concesión de subvenciones por la Fundación Biodiversidad, en
régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos del
Programa empleaverde cofinanciado por el Fondo Social Europeo en 2017. BOE
(núm. 64) de 16
de marzo de 2017.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su
defecto, las de Derecho Privado.

3. Beneficiarios/as.
Serán personas beneficiarias, las que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 18 años
- Tener cualificación profesional mínima nivel 2 (equivalente a la ESO)
- Tener conocimiento del idioma castellano. Las personas extranjeras cuyo idioma
oficial no sea el castellano, podrán ser requeridas por la Comisión de Valoración
para la realización de una prueba para acreditar el conocimiento de este idioma.
- Estar empadronada en uno de los municipios de la provincia de Huelva, a
excepción de la capital y con una antigüedad superior a un año.
- Estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo.
Estos requisitos deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación
de las solicitudes

4. Presupuesto total y aplicación presupuestaria.
El presupuesto máximo disponible para la realización de estos cursos es de 129.504,29
euros que se imputarán a las siguientes aplicaciones presupuestaria del Presupuesto
General de la Diputación Provincial de Huelva:
- 10588-17200-1310017: 65.913,37 €
- 10588-17200-1600017: 21.586,63 €
- 10588-17200-2269917: 13.125,00 €
- 10588-17200-2279917: 28.879,29 €

5. Procedimiento de selección.

5.1.- Presentación de solicitudes y plazos.
1. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la
publicación de este decreto en el Tablón de Edictos de esta Diputación, expirando
10 días hábiles después.
2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación de Huelva
(Avda. Martín Alonso Pinzón 9), en los registros oficiales de los ayuntamientos de
la provincia de Huelva o por cualquiera de los otros procedimientos previstos en
la legislación del Procedimiento Administrativo Común, entre ellos.
No se admitirá ninguna solicitud con fecha posterior a la del plazo señalado en esta
convocatoria.
3. Las solicitudes y la presentación de documentos habrán de ajustarse
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necesariamente a los modelos que se anexan
4. Las personas interesadas que deseen presentar su solicitud en el Registro
Electrónico de la Diputación Provincial de Huelva deberán aportar toda la
documentación digitalizada en formato PDF, conforme los requisitos técnicos
establecidos en la página del registro electrónico de la Diputación de Huelva:
(https://sede.diphuelva.es/segura/servicios/registro/altaRegistro).
5. Las solicitudes presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 31 del RD 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regula la presentación de los servicios
postales, se presentarán en dichas Oficinas en “sobre abierto”, con objeto de
que en la cabecera de la primera hoja del documento que se quiera enviar, se
hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y
minuto de su admisión.
Si el sellado de Correos omitiera el dato de la hora de presentación, se entenderá
que la misma es las 22:00 del día de presentación.
6. Cuando las solicitudes no reúnan los requisitos establecidos en la presente
convocatoria, el órgano instructor del procedimiento requerirá de forma conjunta a
las personas solicitantes mediante anuncio publicado en el Tablón de Edictos de
la Corporación para que en el plazo de diez días hábiles subsanen dichos
defectos, con la indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistida de
su petición, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación del Procedimiento
Administrativo Común, previa resolución.

5.2.- Documentos e informaciones que deben acompañarse a la solicitud.
1. Las solicitudes, que se presentarán en el modelo que figura como Anexo I a esta
convocatoria, deberán acompañarse de la siguiente documentación:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante de la
ayuda o Tarjeta de Residencia.
- Fotocopia la Demanda en Alta en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) como
persona desempleada en vigor.
- Certificado de empadronamiento individual.
- Fotocopia de la Titulación que acredite la cualificación profesional de nivel 2 como
mínimo (equivalente a la ESO)
- Declaración responsable suscrita por la persona física de que reúne los requisitos
exigidos en esta convocatoria y de no estar incursa en las prohibiciones para
obtener la condición de beneficiario de subvenciones, (Anexo II)
2. La Diputación de Huelva podrá requerir en cualquier momento a los solicitantes, la
acreditación de las fotocopias presentadas mediante presentación de original o
envío de fotocopia compulsada.
3. En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de la
Diputación Provincial y aún estuvieran vigentes, el/la solicitante podrá hacer uso
de su derecho a no presentarlos, siempre que se haga constar la fecha y el
órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos y no hayan
transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento a que
correspondan.
4. La presentación de la solicitud conlleva la autorización del/la solicitante, para que
los datos personales contenidos en ella pueda ser tratados, automatizadamente e
incorporados a los ficheros protegidos de la Diputación de Huelva. Conforme a la
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L.O. 15/1999, de protección de datos de carácter personal, podrá ejercitar los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito
dirigido a la Presidencia de la Diputación de Huelva. Los documentos que
acrediten una situación personal sujeta a cambios que deba cumplirse durante el
periodo de solicitud quedan excluidos de este derecho.

5.3.- Órgano Competente para el proceso de selección.
El procedimiento de selección se realizará por el Servicio de Desarrollo Local e
Innovación Empresarial de la Diputación de Huelva, mediante la constitución de una
Comisión de Valoración, cuya composición será:
• Presidente: Jefe del Servicio de Desarrollo Local e Innovación Empresarial, o persona en
quien delegue
• Dos Vocales, serán designados/as por Decreto de la Presidencia, actuando uno de ellos
como Secretario/a.

5.4.- Criterios de valoración de las solicitudes.
Las solicitudes recibidas se valorarán a través de una entrevista personal, que
permita valorar sus aptitudes y habilidades personales, intereses profesionales, la
motivación y grado de madurez personal. La calificación máxima a obtener por
esta entrevista será de 10 puntos, conforme a los siguientes criterios:
a) Conocimiento del medio físico, biótico y cultural (máximo 2,5 puntos).
b) Sensibilización con valores ambientales vs problemas ambientales (máximo
2,5 puntos).
c) Dinamización de grupos atendiendo a sus características (máximo 2,5
puntos).
d) Habilidades de comunicación (máximo 2,5 puntos).

5.5.- Plazo de resolución y notificaciones.
1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de
seis meses, computados a partir de la fecha de publicación de este Decreto.
2. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a
los/as interesados/as para entender desestimada por silencio administrativo su
solicitud de participación.

6. Selección de solicitudes.
1. La Comisión de Valoración, una vez realizada la entrevista personal, realizará la
propuesta de selección provisional de participantes. Esta propuesta será objeto
de publicación mediante anuncio en el Tablón de Edictos de la Corporación a
efectos de que los/las interesados/as puedan presentar alegaciones y/o subsanar
en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de dicha
publicación.
2. Transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior, y tras estudiar las
alegaciones presentadas se realizará la selección definitiva de participantes que
será publicada en el Tablón de Edictos de la Diputación.
3. Conforme a las normas de transparencia se publicarán en la página web
www.diphuelva.es la propuesta de selección y la selección definitiva. En todas
estas publicaciones se observará lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de
protección de datos de carácter personal y en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de
mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y
familiar y a la propia imagen.
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7. Obligaciones de los/as beneficiarios/as.
Las personas beneficiarias tienen las siguientes obligaciones:
a) Aportar en tiempo y forma toda la documentación requerida por Diputación
Provincial de Huelva
b) Comunicar por escrito cualquier imposibilidad sobrevenida de realizar el
curso.
c) Realizar las actividades que con carácter previo y posterior al curso sean
organizadas dentro del Proyecto HEBE Empleaverde.
d) Comunicar a Diputación Provincial de Huelva cualquier problema,
modificación de las circunstancias que puedan afectar al normal desarrollo
de su asistencia al curso.
g) Cumplimentar los controles de asistencia conforme a los modelos para la
ejecución del proyecto.
h) Cumplimentar los cuestionarios que se determinen y se les faciliten por el
Servicio de Desarrollo local e Innovación Empresarial de la Diputación de
Huelva de forma clara, sincera y precisa.

8. Renuncia.
1. Conforme modelo establecido en los anexos de esta convocatoria, la persona
beneficiaria podrá renunciar en cualquier momento a la realización del curso
concedido. Para formalizar su renuncia deberá presentar escrito con una
antelación mínima de cinco días hábiles a la fecha de baja, salvo causa
justificada.
2. Se podrán nombrar personas beneficiarias en sustitución de las anteriores,
siguiendo el orden de la relación priorizada establecida en la lista definitiva
publicada en su momento, siempre que no se hayan superado dos meses desde
el inicio del curso.

 

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